InmobiliariaMataró Contactar

El ITP que paga tu comprador en Cataluña y por qué te afecta al vender

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales no lo pagas tú, lo paga quien te compra. Aun así, es una de las cosas que más nos preguntan los propietarios del Maresme, y con razón: condiciona el presupuesto del comprador, el precio que puedes escriturar y hasta la letra pequeña de las arras. Te explicamos el mecanismo sin humo.

Qué es el ITP y por qué no es un problema ajeno

Cuando vendes una vivienda usada, la operación no lleva IVA: tributa por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, el ITP. Lo liquida el comprador ante la Agència Tributària de Catalunya, en un plazo corto tras la firma, y hasta que no lo paga no puede inscribir la casa a su nombre en el Registro de la Propiedad.

Sobre el papel, tu parte del reparto es otra: la plusvalía municipal y, si la hubiera, la ganancia patrimonial en tu IRPF. Pero el ITP entra en la ecuación por una razón muy práctica: tu comprador no razona con el precio de la vivienda, razona con lo que le cuesta entrar. Precio más impuesto más notaría, registro y gestoría. Cada vez que hemos visto caerse una operación en el último momento por dinero, casi siempre era esto: alguien que había hecho números con el precio del anuncio y se olvidó de los gastos.

La escala es progresiva, no un porcentaje único

Cataluña tiene su propia escala de ITP y funciona por tramos, igual que el IRPF. Es decir: no se aplica un tipo único a todo el valor, sino que cada tramo del importe tributa a su porcentaje, y los tramos altos pagan más. Cuanto más cara es la vivienda, mayor es el tipo medio efectivo que acaba soportando el comprador.

No vamos a publicar aquí los porcentajes exactos. La escala catalana se ha modificado en los últimos años —se añadieron tramos y se retocaron tipos, además de crear supuestos específicos para grandes tenedores y para la compra de edificios enteros de viviendas—, y una cifra desactualizada en un blog hace más daño que no dar ninguna. Los tipos y los tramos vigentes están publicados en la Agència Tributària de Catalunya, y son la única referencia buena. Si la operación tiene volumen o alguna particularidad, que el comprador lo confirme con su asesor antes de firmar arras, no después.

Lo que sí puedes dar por hecho

El mecanismo no cambia aunque cambien los números: base imponible por tramos, tipo creciente, y una base mínima marcada por el valor de referencia del Catastro. Con eso ya puedes anticipar los problemas de una operación.

El valor de referencia del Catastro manda sobre el precio escriturado

Aquí está la parte que casi nadie tiene en cuenta y que a nosotros nos ha resuelto —y complicado— más negociaciones que ninguna otra.

Desde la reforma de 2021, la base imponible del ITP no es sin más el precio que ponéis en la escritura: es el mayor entre el precio pactado y el valor de referencia que el Catastro asigna a ese inmueble. Ese valor de referencia se determina de forma masiva a partir de datos de compraventas ante notario por zonas, se actualiza y se puede consultar en la Sede Electrónica del Catastro con la referencia catastral.

Qué pasa si vendéis por debajo de ese valor

Que el comprador paga igualmente sobre el valor de referencia. Si acordáis un precio más bajo porque la vivienda está para reformar entera, tiene una servidumbre, un inquilino dentro o una planta baja sin luz natural, el impuesto no baja con vosotros. Y eso lo nota el comprador en el bolsillo justo cuando más ajustado va.

Tiene solución, pero no es automática: el valor de referencia se puede impugnar, aportando prueba de que ese importe no se corresponde con el inmueble real —tasación, informe pericial, estado de conservación—. Es un trámite que corresponde al comprador y conviene hablarlo con un asesor fiscal antes de meterse. Lo que no recomendamos a nadie es lo contrario: escriturar por encima del precio real para cuadrar nada. Eso no arregla el ITP y te complica a ti la ganancia patrimonial.

Y al revés: cuando el valor de referencia es bajo

También pasa. Casas reformadas de arriba abajo, áticos con terraza grande, viviendas con vistas en la parte alta de Mataró o en los pueblos de la costa donde el catastro va por detrás de la realidad. Ahí el comprador tributa sobre el precio pactado, que es mayor. Nadie sale perjudicado, pero sirve para lo importante: el valor de referencia no es el precio de mercado de tu casa, es un cálculo administrativo. Si quieres el otro número, el de verdad, es el que te damos en la valoración gratuita de tu piso en Mataró, con las ventas reales de tu calle y tu tipología delante. La diferencia entre uno y otro la explicamos con detalle en nuestra guía de valor catastral frente a valor de mercado.

Tipos reducidos: pregúntale a tu comprador si le aplica alguno

La normativa catalana contempla tipos reducidos para determinados perfiles cuando la vivienda va a ser habitual: jóvenes por debajo de cierta edad, familias numerosas o monoparentales, personas con discapacidad reconocida y algún supuesto más. Cada uno tiene sus requisitos de renta, de plazo y de empadronamiento, y todos ellos cambian cada cierto tiempo, así que el comprador debe verificarlos en la Agència Tributària de Catalunya antes de contar con el ahorro.

¿Por qué te interesa a ti? Porque un comprador que se ahorra varios miles de euros en impuestos tiene más margen para llegar a tu precio. Cuando negociamos una operación, esto es información útil, no cotilleo. Nos ha permitido cerrar más de una venta sin bajar el precio, simplemente porque el comprador descubrió que le aplicaba una bonificación que ignoraba.

Quién paga qué, en corto

ConceptoQuién lo asume habitualmente
ITP (vivienda de segunda mano)Comprador
Registro de la Propiedad y gestoríaComprador
NotaríaLey: matriz al vendedor, copias al comprador. En la práctica se pacta, y en el Maresme suele asumirlo el comprador
Plusvalía municipalVendedor, salvo pacto
Ganancia patrimonial en IRPFVendedor
Cédula de habitabilidad y certificado energéticoVendedor
Cancelación registral de hipotecaVendedor

Ese reparto es el estándar, no una obligación absoluta: los gastos de notaría admiten pacto y a veces se usan como moneda de cambio en la negociación final. Nosotros preferimos dejarlo escrito en las arras y no en un mensaje de móvil. Todo lo que te toca a ti lo tienes desglosado en la sección de guías para vender.

Cómo lo trabajamos nosotros

Antes de publicar una vivienda comprobamos su valor de referencia. Si detectamos que está por encima de lo que el inmueble vale de verdad —cosa que vemos sobre todo en pisos antiguos sin reformar—, lo avisamos desde el primer día, tanto a ti como a quien viene a visitarla. Es mejor que salga en la primera conversación y no en la notaría.

Y cuando llega una oferta, ponemos por escrito el coste total de entrada del comprador. Suena obvio; nos hemos encontrado con operaciones firmadas por otros donde nadie lo había hecho, y el susto llegó a los quince días con las arras ya cobradas. Si estás pensando en vender tu piso en Mataró o en cualquier municipio del Maresme, cada propietario tiene asignada una persona del equipo con la que habla siempre, sin ir rebotando de compañero en compañero. Puedes escribirnos o llamarnos al 686 76 28 34 y te decimos qué precio soporta hoy tu vivienda: la valoración es gratuita y no te compromete a nada.

Publicado el 2026-08-26 por Aitor Sánchez, agente inmobiliario en Mataró.

Preguntas frecuentes

¿El vendedor paga algo de ITP?

No. En una compraventa de vivienda de segunda mano el ITP corresponde al comprador, que es el sujeto pasivo. Al vendedor le tocan la plusvalía municipal —salvo pacto en contrario— y, si obtiene ganancia, tributar por ella en su IRPF. Que no lo pagues tú no significa que puedas ignorarlo: afecta al presupuesto total de quien te compra.

¿Qué pasa si vendemos por debajo del valor de referencia del Catastro?

El comprador liquidará el ITP sobre el valor de referencia, no sobre el precio pactado, porque la base imponible es el mayor de los dos importes. Puede solicitarse la impugnación de ese valor de referencia aportando pruebas del estado real del inmueble, pero es un procedimiento que conviene plantear con un asesor fiscal. Nunca recomendamos maquillar el precio de escritura para esquivarlo.

¿Dónde se consulta el valor de referencia de una vivienda?

En la Sede Electrónica del Catastro, con la referencia catastral del inmueble. Es gratuito y lo puede consultar el titular. Nosotros lo comprobamos antes de sacar una vivienda al mercado, precisamente para anticipar si va a generar fricción con el comprador.

¿Puedo saber cuánto pagará de ITP quien compre mi casa?

Se puede estimar, porque la escala catalana es pública y funciona por tramos sobre la base imponible. Pero el importe exacto depende de los tipos vigentes en la fecha de la transmisión y de si al comprador le aplica algún tipo reducido, así que el cálculo bueno lo tiene que hacer él con la información actualizada de la Agència Tributària de Catalunya o con su asesor.

¿El valor de referencia sirve para poner precio a mi piso?

No. Es un valor administrativo calculado de forma masiva por zonas y no recoge la reforma que hiciste, la orientación, la planta, las vistas ni el estado del edificio. Para saber por cuánto se vende hoy tu vivienda hace falta mirar operaciones reales comparables, y eso es lo que hacemos en la valoración gratuita.

¿Y cuánto vale tu vivienda?

Un informe real de tu vivienda, hecho por Aitor Sánchez con precios de cierre de tu calle.

  • Informe con precios de cierre reales de tu zona, no de anuncios
  • Te lo explicamos en persona, no te lo escupe un robot
  • Gratis y sin compromiso de venta ni de exclusiva

¿Prefieres hablarlo? 686 76 28 34 · WhatsApp

Respuesta en menos de 24 h. Tus datos no se ceden a terceros.

WhatsApp