Gastos de vender un piso: la cuenta real
Entre el precio del cartel y lo que llega a tu cuenta hay una distancia. Esta es la lista completa, separando lo que paga el vendedor de lo que paga el comprador.
Lo que paga el vendedor
| Concepto | Comentario |
|---|---|
| Comisión de la inmobiliaria | El gasto mayor. Se negocia y se factura con IVA. |
| Plusvalía municipal | Solo si hay incremento de valor del suelo. |
| IRPF por la ganancia | Se paga en la declaración del año siguiente. |
| Certificado energético | Obligatorio antes de anunciar. |
| Cédula de habitabilidad | Si está caducada o no existe. |
| Nota simple | Coste testimonial. |
| Certificado de la comunidad | Lo emite el administrador de fincas. |
| Cancelación registral de hipoteca | Solo si tenías hipoteca. Notaría, registro y gestoría. |
| Copia de la escritura de venta | El vendedor asume la matriz según el Código Civil, salvo pacto. |
Lo que paga el comprador
- ITP (vivienda de segunda mano) o IVA + AJD (obra nueva).
- Notaría (copias autorizadas), Registro de la Propiedad y gestoría.
- Tasación, si financia con hipoteca.
Reparto habitual y supletorio del Código Civil. Se puede pactar otra cosa en el contrato. Revisado el 28 de julio de 2026.
La cancelación de hipoteca: el gasto olvidado
Que hayas terminado de pagar la hipoteca no significa que esté cancelada en el Registro. La cancelación económica (dejar de deber) y la cancelación registral (que desaparezca la carga) son dos cosas distintas. Para vender necesitas la segunda, y tiene coste de notaría, registro y gestoría.
Si aún estás pagando la hipoteca, se cancela en el mismo acto de la firma con parte del dinero de la venta. Pide a tu banco el certificado de deuda pendiente con antelación: algunas entidades tardan.
La forma útil de plantearlo no es «cuánto me cuesta vender» sino «cuánto me queda limpio». Coge el precio de salida realista, réstale comisión, plusvalía, cancelación y certificados, y estima el IRPF. Ese número es el que debe guiar tu decisión, y es el que te damos en la valoración.
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Guía revisada el 2026-07-28 por Aitor Sánchez, agente inmobiliario en Mataró. Contenido informativo: para tu caso concreto consulta con un asesor fiscal o jurídico.